En los últimos años, se está produciendo todo un tsunami de normativa legal que afecta a la sostenibilidad de las empresas, cada vez escuchamos más el concepto de sostenibilidad y sus elementos transversales como pueden ser las políticas de eficiencia energética, la reducción en el consumo de agua, la disminución de las emisiones, la mejora en las políticas de las empresas en materias tan diversas como la seguridad, la igualdad y la conciliación.
Solo en 2024 se han desarrollado o están en proceso de desarrollo regulaciones nuevas o modificadas relativas a:
- Reporting de sostenibilidad de empresas.
- Cambio climático: introducción de la necesidad de informes de riesgo climático, regulaciones en el sector maritimo (EU ETS), así como el mecanismo de ajuste en frontera de carbono (CBAM), con gran impacto en las importaciones.
- Finanzas, alineación de 4 grandes objetivos de taxonomía en los reporting financieros (hasta ahora solo se fijaba adaptación y mitigación del cambio climático)
- Greenwashing, Due Dilligence, etcétera.
Sin embargo, en el artículo de hoy nos centraremos en la sostenibilidad desde el punto de vista de las empresas, en como deben establecer, dotar de recursos, implementar y por último reportar sus acciones en materia de sostenibilidad, centrándose en los tres grandes pilares de la sostenibilidad, el ambiental, el social y el de gobernanza (ESG por sus siglas en inglés o ASG en español).
CSRD (Corporate Sustantibility Reporting Directive)
Como su propio nombre indica, el CSRD es una directiva de la Unión Europea que establece unos requisitos específicos para que las empresas reporten sus esfuerzos en materia de sostenibilidad. En España hasta la fecha las empresas obligadas, reportaban sus memorias de sostenibilidad (llamados informes de estados no financieros) en base a la ley 11/2018 que seguía un modelo GRI esencial con ciertos indicadores para mostrar la evolución de las empresas en materias fundamentalmente ambientales y sociales y de forma somera en gobernanza.
Con la entrada del CSRD, se busca mejorar la transparencia de la información que reportan las empresas, así como establecer mecanismos de benchmarking que permitan la comparación entre empresas del mismo tamaño, sector, actividad, etcétera.
Para poder facilitar la implementación de la directiva CSRD en las empresas, la propia Unión Europea a través de un grupo asesor de información financiera (EFRAG) está desarrollando diversos estándares con objeto de unificar la sistemática de reporte, dando lugar a los famosos European Sustainability Reporting Standard más conocidos como ESRS, estando actualmente algunos aprobados, otros en versión borrador y otros directamente en fase de diseño. Hasta ahora están publicados los siguientes:
- ESRS1: Requisitos generales
- ESRS2: Contenidos generales
- ESRS E1: Cambio climático
- ESRS E2: Contaminación
- ESRS E3: Recursos hídricos y marinos
- ESRS E4: Biodiversidad y ecosistemas
- ESRS E5: Uso de los recursos y economía circular
- ESRS S1: Personal
- ESRS S2: Personal incluido en la cadena de valor
- ESRS S3: Comunidades afectadas
- ESRS S4: Consumidores y usuarios finales
- ESRS G1: Conducta empresarial
Los estándares anteriores se completarán con otros sectoriales actualmente en vías de elaboración y que se irán incorporando en los próximos años.
Para comprender la magnitud del cambio, solo hay que pensar que estos estándares establecen unos indicadores de reporte que hasta el momento superan el millar, no obstante, los dos primeros ESRS, establecen criterios para poder concretar los asuntos materiales de las empresas y por extensión aquellos en los que se deben centrar en función de su actividad, conocimiento del entorno, riesgos financieros y necesidades de partes interesadas.
Las empresas están obligadas a reportar según el siguiente esquema:
Por último, el gran impacto que se producirá en las empresas se puede concretar en tres aspectos:
- 1. Realización de un análisis de doble materialidad teniendo en cuenta el impacto del negocio en su entorno, pero también (y no menos importante) el análisis de riesgos financieros que corre la empresa si no tienen en cuenta la sostenibilidad en sus operaciones e inversiones.
- 2. Establecer indicadores de fácil seguimiento y reporte, que supongan una carga mínima y que solo se pueden concretar bien si se realiza un buen análisis de materialidad. Estos indicadores pueden ser numéricos, narrativos, seminarrativos… pero es importante trabajarlos a lo largo de todo el ciclo y reportarlos a tiempo para poder tomar decisiones estratégicas.
- 3. A nivel de reporte la estructura cambia con respecto al anterior NFRD y la ley 11/2018, sin embargo, aún estamos a la espera de la aprobación del anteproyecto de ley que especifique de forma definitiva el contenido de reporte.
Al hilo de lo anterior, están surgiendo diversas herramientas informáticas para volcar los datos y poder aunarlos en una sola base de datos. Esto es importante, sin embargo, no debe ser el objetivo fundamental dado que el impacto en las organizaciones no está solo en el reporte, sino en las acciones que deben llevar a cabo para cumplir sus objetivos en materia ESG y ese trabajo parte de un buen análisis de doble materialidad, el conocimiento de la compañía y las estrategias a medio y largo plazo y que queden reflejadas en las memorias de sostenibilidad.
La Taxonomía de la UE
La taxonomía de la Unión Europea es básicamente un sistema de clasificación que define qué actividades económicas de cualquier índole se pueden considerar sostenibles desde el punto de vista ambiental. El objetivo que persigue es racionalizar el sistema productivo tanto en operaciones sostenibles (Opex) como en inversiones sostenibles (Capex) dentro del tejido productivo.
La taxonomía establece seis objetivos ambientales:
- Mitigación del cambio climático
- Adaptación al cambio climático
- Uso sostenible y a la protección de los recursos hídricos y marinos
- Transición hacia una economía circular
- Prevención de la contaminación
- Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas
Por ello, cualquier inversión (máxime si está financiada por la UE) debe estar alineada con la taxonomía con objeto de asegurarse que está orientada a la contribución del cumplimiento de estos objetivos, esto es, si contribuye sustancialmente a uno o más objetivos medioambientales de los mencionados con anterioridad. Como último objetivo global, la taxonomía contribuye de forma esencial en el cumplimiento de los objetivos del Pacto Verde Europeo, así como la neutralidad en carbono anunciada para 2050 o dicho de otra forma son políticas estratégicas de la propia Unión Europea.
La taxonomía ofrece a las empresas una herramienta que nos sirve para mejorar la transparencia de las inversiones (tanto a inversionistas como a otras partes interesadas), permite acceder a financiación específica con criterios sostenibles, así como es útil para luchar contra el greenwashing, evitando que inversiones o actividades no sostenibles se muestran como tales.
En la actualidad la implantación de la taxonomía en la organización debe ir ligada al establecimiento de planes de sostenibilidad íntimamente integrados con las políticas de inversión, y por ende, de los propios planes estratégicos y de negocio de las compañías.
Relación entre CSRD y la Taxonomía de la UE
Si atendemos a lo explicado en los dos puntos anteriores, vemos fuertes conexiones entre ambas directivas, por ejemplo, los criterios principales de inversiones de taxonomía tienen que cumplir con temas ambientales como la adaptación y mitigación al cambio climático, mientras que vemos que los reportes de CSRD en el ESRS E1, nos obligan a reportar sobre cambio climático. Esto mismo sucede con el resto de puntos de taxonomía y ESRS de criterio ambiental.
Por ello, debemos concluir que CSRD y Taxonomía están íntimamente relacionados, dado que tendremos que orientar nuestras inversiones al cumplimiento o contribución a los objetivos sostenibles, mientras que posteriormente tendremos que reportar estas mismas inversiones en el análisis de nuestros estados no financieros a través del CSRD.
En definitiva, podemos decir que aquellas empresas obligadas paulatinamente a cumplir con el CSRD también estarán en cierto modo obligadas a informar sobre su alineación con los objetivos de la taxonomía europea. De ahí que lo importante sea implementar la estrategia de sostenibilidad en las empresas, provocando beneficios como:
- Mejora en la comunicación y transparencia con los inversores
- Mayor facilidad en la captura de inversiones sostenibles, pero también en la financiación de operaciones si conseguimos alinear nuestra actividad correctamente con la taxonomía
- Mejorar la concienciación y cultura organizacional y por extensión la reputación de la compañía. Esto último determinante en los últimos años para facilitar la retención del talento
- Cumplimiento natural de la legislación vigente en materia de sostenibilidad, una vez que esto se implemente en la organización
- Mejora en la cadena de valor, reduciendo el desperdicio, dando respuesta a la mejora continua y fortaleciendo a todo nuestro entorno
La actual normativa europea nos lleva a cambios importantes en nuestra organización, estos cambios, como ha sucedido en anteriores épocas en la historia, suponen desconfianza y reticencias por parte de las empresas, no obstante, el ciclo económico demanda otros valores culturales, deontológicos y no estrictamente basados en el flujo de capital.
Podemos estar más o menos de acuerdo en los objetivos y en la forma de cumplirlos, sin embargo, es importante atender a las circunstancias que nos rodean y conseguir que estos cambios no nos arroyen como un tren en marcha.
La elaboración de planes estratégicos que se alineen con la estrategia empresarial y que a su vez cumplan con los criterios establecidos por la taxonomía de la UE no es algo baladí y requiere de un esfuerzo importante de la dirección de las empresas, pero también del conocimiento y las necesidades de las distintas partes interesadas que tienen influencia en estas.
Desde EQM estamos trabajando en la implantación de memorias de sostenibilidad CSRD y estrategias de sostenibilidad con diversos clientes, con objeto de anticiparnos al cambio que en breve tendrán sobre la mesa las grandes empresas, y consideramos de una importancia vital (como en cualquier proyecto) establecer unas líneas claras a seguir dentro de una estrategia global, considerándose el reporte un mero trámite de exposición de las acciones pensadas, planificadas, dotadas y correctamente ejecutadas.
Como no podría ser de otra forma, si tienes alguna duda y quieres ampliar información sobre CSRD, taxonomía y las estrategias de sostenibilidad, pueden contactar con nosotros.